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Estudios de Riesgo para Instalaciones Subterráneas

Estos estudios son exhaustivos y deben abordar una serie de aspectos clave para garantizar la seguridad y el cumplimiento normativo. Generalmente, incluyen:

Identificación de peligros y amenazas: Se analizan tanto fenómenos naturales (sismicidad, inundaciones, vientos, etc.) como antropogénicos (fallas estructurales, riesgos químicos, incendios, explosiones, riesgos eléctricos, etc.) que puedan afectar la obra y sus alrededores.

Análisis de vulnerabilidad y exposición: Se evalúa la susceptibilidad de la obra, los trabajadores, las edificaciones colindantes y los servicios públicos a sufrir daños ante la materialización de los peligros identificados.

Evaluación de riesgos: Se determina la probabilidad de que ocurran los eventos adversos y la magnitud de sus posibles consecuencias.

Medidas de prevención y mitigación: Se proponen acciones específicas para reducir la probabilidad de ocurrencia de los riesgos o para minimizar sus impactos. Estas medidas pueden incluir:

Medidas de seguridad en obra: Uso de equipo de protección personal (EPP), señalización, delimitación de áreas de trabajo, instalación de sistemas de protección contra caídas (redes, barandales), control de polvo y ruido.

Protección a colindancias: Apuntalamientos, monitoreo de estructuras vecinas, control de vibraciones y ruido.

Manejo de residuos: Clasificación, separación y disposición adecuada de los materiales generados.

Planes de emergencia: Procedimientos de actuación ante siniestros, rutas de evacuación, capacitación del personal.

Consideraciones especiales para demoliciones: Desconexión de servicios (agua, luz, gas), estudio de la cimentación y estructuras, orden de ejecución de los trabajos (generalmente de arriba hacia abajo), control de la caída de escombros.

 

 

Marco Legal en CDMX

En CDMX, la elaboración de estos estudios es un requisito legal para obtener las licencias de construcción o demolición, especialmente para obras de mediano y alto riesgo. La Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento establecen la obligatoriedad de presentar un "Estudio de Riesgo de Obra" (ERO) o "Estudio de Riesgos de Obra y/o Demolición" (EROD) para ciertas categorías de proyectos.

 

Estos documentos deben ser elaborados por profesionales registrados y autorizados en materia de protección civil (conocidos como ROPC en la CDMX) y son esenciales para:

* Evitar sanciones y clausuras por parte de las autoridades.

* Garantizar la seguridad de los trabajadores y de la población en general.

* Proteger el patrimonio y la inversión en la obra.

* Contribuir al desarrollo urbano sostenible.

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